martes, 21 de marzo de 2017

2.6 Relación jurídica de las garantías constitucionales

Este punto se refiere a quienes son los sujetos que participan como titular del derecho protegido y cuál es el obligado a respetarlo y protegerlo: ellos son el gobernador y el Estado; en este sentido Margarita Herrera dice: La relación que se establece entre los diversos sujetos que forman un estado podemos encuadrar en 3 grupos: • relaciones de coordinación: Son aquellas que se establecen entre dos sujetos de la misma esfera jurídica, pero ambos actúan como gobernados; por ejemplo las relaciones que se dan entre los sujetos de un contrato de compraventa, en materia civil. • relaciones de supraordenación: Son aquellas que se establecen entre dos sujetos que actúan al mismo nivel pero cuyo mismo nivel es de dos sujetos de derecho publico • relaciones de supra a subordinación: Son aquellas que se dan entre dos sujetos que actúan en diferente nivel.

2.6.1 Sujeto activo

El sujeto activo o titular de las garantías individuales no solo es la persona humana sino cualquier gobernado, ósea cualquier ente jurídico colectivo.

2.6.2 Sujeto Pasivo

Como sujeto pasivo de las garantías constitucionales se ubica una autoridad dentro del poder público, este como elemento constitutivo del estado

2.6.3 Gobernado


Es la persona física o colectiva, sujeta a la aplicación que del orden jurídico hagan los órganos estatales, esto es, súbdito o nacional de un estado. El ámbito de los derechos humanos o las garantías individuales en la categoría del gobernado se tiene al extranjero que en momento y lugar determinados esta sujeto a la potestad soberana del Estado-Nación.




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